Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100118-0109

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

BELMONTE DE TAJO

OTROS ANUNCIOS

Doña María Luisa Sánchez Gallego, secretaria interventora del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, por la presente pongo en conocimiento de la empresa “Infraestructuras y Equipamientos de Castilla, Sociedad Limitada”, que la alcaldesa con esta fecha ha dictado el siguiente decreto:

Decreto 103/2009.

Visto el informe técnico favorable de 22 de diciembre de 2009, relativo al Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación del SAU Industrial de las Normas Subsidiarias de Belmonte de Tajo.

Visto el informe jurídico favorable de 22 de diciembre de 2009, relativo al Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación.

De conformidad con las competencias que me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelvo:

«Primero.—Aprobar inicialmente el Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación del SAU Industrial de las Normas Subsidiarias de Belmonte de Tajo, presentado por “Infraestructuras y Proyectos de Castilla, Sociedad Limitada”.

Segundo.—Someter a información pública el acuerdo de aprobación inicial y el Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación mediante la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se haga constar que durante el período de quince días los interesados pueden formular alegaciones ante la Administración actuante.

Tercero.—Una vez publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID notificar de forma individualizada a los propietarios afectados haciendo constar en la notificación el Boletín en que se insertó el anuncio para que en el plazo de quince días puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes, y solicitar, en su caso, la adhesión a la Junta de Compensación».

Al tratarse de un acto de trámite conforme al artículo 107 de la Ley 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común no cabe recurso.

En Belmonte de Tajo, a 22 de diciembre de 2009.—La secretaria interventora, María Luisa Sánchez Gallego.

(02/359/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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