Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100118-0007

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

Por el concejal de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana del Ayuntamiento de Alcalá de Henares se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Vistas las actuaciones practicadas en los expedientes sancionadores que se referencian a continuación, así como la existencia de alegaciones formuladas por el interesado dentro del plazo reglamentario, y una vez valoradas las mismas, habiéndose acreditado en los expedientes circunstancia o motivación alguna que permite exonerar la responsabilidad del infractor, se ha resuelto la estimación de las alegaciones presentadas, así como proceder al archivo de los expedientes que se relacionan a continuación.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el ilustrísimo señor concejal-delegado de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que reciba esta notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de dicha resolución, si fuera expresa; en caso contrario, el plazo será de seis meses, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier acción que estime pertinente.

EXPEDIENTE. — MATRÍCULA. — FECHA. — ARTÍCULO. — IMPORTE — NOMBRE

2009015364. — M-006683-PC. — 29/05/2009 13:25:00. — OMC 63 22 1A. — 90,00 EUROS. — 008972270Q. — ALCANTARA PEREZ, MARIA PAZ.

2008017013. — 003612-CFS. — 03/12/2008 17:23:00. — OMC 63 18 1A. — 90,00 EUROS. — X3528040R. — ALONSO PRADO PASTRANA, EYNAR.

2009014844. — M-004129-SB. — 07/05/2009 09:30:00. — OMC 63 26 1A. — 90,00 EUROS. — X9286057Z. — ANDRONACHE, COSTEL IONUT.

2009009745. — 000949-GGN. — 19/03/2009 12:55:00. — OMC 63 18 1A. — 90,00 EUROS. — X6783914H. — BOUDOUKHAN, HATIM.

2009016269. — 008821-DFH. — 16/06/2009 14:15:00. — OMC 63 3 1A. — 90,00 EUROS. — 009021141N. — CASTRO PANIZO, FEDERICO.

2008016881. — 003950-FHT. — 30/11/2008 03:10:00. — OMC 63 21 1A. — 90,00 EUROS. — B84681253. — CATARI ESPAÑA SIST. PARA CONST. E INDUSTRIA.

2009012310. — C-003997-BRK. — 04/04/2009 14:30:00. — OMC 63 26 1A. — 90,00 EUROS. — 009034658M. — DURO GONZALEZ, JONATHAN.

2009009866. — 003915-DFK. — 23/03/2009 10:00:00. — OMC 63 26 1A. — 90,00 EUROS. — 005230954H. — LINARES CRUZ, MANUEL AGUSTIN.

2009013291. — 002454-BPK. — 28/04/2009 17:48:00. — OMC 63 1 1B. — 90,00 EUROS. — 008990797M. — OSORIO MUÑIZ, JUAN RAMON.

2009008632. — 001415-BDZ. — 20/03/2009 11:25:00. — OMC 11 2 1C. — 90,00 EUROS. — 033158592K. — PUSO MARTINEZ, JESUS.

2009014100. — 000912-GHD. — 16/05/2009 01:43:00. — OMC 63 18 1A. — 90,00 EUROS. — 008951471D. — RUBIO CHAVERO, ANTONIO.

2009013883. — M-005677-YH. — 14/05/2009 10:00:00. — OMC 63 18 1A. — 90,00 EUROS. — 001807186F. — VIOQUE ALCUDIA, ANTONIA.

Alcalá de Henares, a 23 de diciembre de 2009.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD el TAG del Departamento de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana (firmado).

(02/14.466/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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