Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100114-0171

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Beatriz Sainz-Rozas García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.624 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime Polanco Soutullo, contra la empresa “Promotora de Informaciones, Sociedad Anónima”, “Prisa División Internacional, Sociedad Limitada”, “Canal de Editoriales, Sociedad Anónima”, “Timón, Sociedad Anónima”, “Eductrade, Sociedad Anónima”, “Gerencia de Medios, Sociedad Anónima”, “Promotora de Actividades América 2010, Sociedad Limitada”, y “Sociedad de Servicios Radiofónicos Unión Radio, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 25 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 25 de noviembre de 2009.

Parte dispositiva:

Así por este mi auto, digo: Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrense en el libro registro correspondiente. No acreditándose el requisito de conciliación previa, ni determinándose la categoría profesional, se admite provisionalmente a trámite la demanda, requiriendo a la parte actora para que en los plazos de quince y cuatro días, respectivamente, subsane los defectos indicados, bajo apercibimiento que de no hacerse así se archivará la demanda sin más trámite.

Y sin perjuicio de ello, se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 19 de enero de 2010, a las diecisiete y veinte horas, en la Sala de audiencias, sita en la calle Hernani, número 59, segunda planta (Sala 2B), de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículo 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Documental: respecto del apartado A), ha lugar y requiérase a la parte demandada a fin que lo aporte al acto de juicio oral.

Respecto al apartado B) no ha lugar, sin perjuicio de que la parte inste la testifical que a su derecho convenga en relación con los trabajadores señalados.

Al otrosí: ha lugar, y cítese al representante legal de las demandadas, don Juan Luis Cebrián Echarri, según lo solicitado por el actor, para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 y efectos previstos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Testifical: ha lugar a citar a través del Juzgado a don Rafael Cabarcos Caminal y don Óscar Gómez Barbero para comparecencia a juicio en calidad de testigos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, para la interposición del recurso de reposición deberá consignarse la cantidad de 25 euros en la cuenta de ese Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2508 (código entidad 0030, código de procedimiento 30), exceptuados los trabajadores y beneficiarios de justicia gratuita.

Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Diligencia: seguidamente se cumple lo ordenado, registrándola en el libro correspondiente y enviado a las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo conteniendo copia de la resolución, y además, para las demandadas, copia de la demanda, conforme al artículo 56 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Promotora de Actividades América 2010, Sociedad Limitada”, “Timón, Sociedad Anónima”, y “Eductrade, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.521/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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