Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100112-0042

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Don Valentín Lozano Real, recaudador ejecutivo del Ayuntamiento de Pinto.

Hago saber: Que por esta Recaudación de mi cargo se instruyen expedientes conforme al procedimiento administrativo de apremio por débitos a la Hacienda Municipal contra los deudores que más abajo se relacionan. Al no haber resultado posible realizar al interesado la notificación cuya clase se indica en la columna correspondiente por causas no imputables a la Administración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se cita a dichos deudores para que comparezcan, por sí o por medio de representante, en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para ser notificados.

Dicha comparecencia deberá efectuarse en las oficinas del Ayuntamiento de Pinto, Departamento de Recaudación Ejecutiva, sita en la plaza de la Constitución, número 1, de esta localidad, de lunes a viernes, entre las ocho y treinta y las quince horas.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles de que, transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo de diez días señalado para comparecer.

En clave de la columna “Tipo de notificación” el significado de las abreviaturas es:

PA: providencia de apremio.

En Pinto, a 30 de noviembre de 2009.—El recaudador ejecutivo, Valentín Lozano Real.

(02/13.859/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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