Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100102-0128

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 195 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Tapia Tiniganay, contra la empresa “Fussion Creativa, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto:

Debo declarar y declaro, con esta fecha, extinguida la relación laboral existente entre don Óscar Tapia Tiniganay y “Fussion Creativa, Sociedad Limitada Unipersonal”, condenando a dicha empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 8.757,86 euros, en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 2.931,71 euros, equivalente a los salarios de tramitación que median desde la fecha del despido hasta la de esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro de cinco días.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fussion Creativa, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.156/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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