Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0054

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

1.  En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17.1 del Texto Refundido de la Ley de Régimen de las Haciendas Locales, se acuerda, con carácter provisional la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por servicios prestados en establecimientos dependientes de las áreas de organización, bienestar social, deportes, cultura y otros mayores, que ha sido aprobado por esta Corporación, en sesión de la Junta Local de Gobierno, de fecha 9 de diciembre de 2009.

2.  De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17.1 del Texto Refundido de la Ley de Régimen de las Haciendas Locales, el presente acuerdo provisional, junto con la redacción de la ordenanza modificada se expondrán al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

3.  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley de Régimen de las Haciendas Locales, dicha exposición al público se anunciará, además en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID comenzando a contar su plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del correspondiente anuncio y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid.

4.  En caso de que no se presenten reclamaciones dentro del plazo el acuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado.

Torrejón de Ardoz, a 16 de diciembre de 2009.—El alcalde-presidente, Pedro Rollán Ojeda.

(03/42.785/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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