Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0044

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

EL MOLAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por acuerdo del Pleno de 1 de diciembre de 2009, se aprobó provisionalmente el Reglamento de Administración Electrónica.

Dicha ordenanza se expone al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 49 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones/alegaciones de acuerdo con las siguientes normas:

a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el ­expediente: treinta días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Lugar donde se encuentra el expediente: Secretaría.

c) Órgano ante quien se reclama: Pleno de la Corporación.

En el supuesto de que no se presenten reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

El Molar, a 9 de diciembre de 2009.—El alcalde, Emilio de Frutos.

(03/42.112/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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