Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0128

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre), y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Formuladas denuncias contra las personas físicas o jurídicas que a continuación se relacionan, por la presunta comisión de una infracción a la normativa ambiental, la concejala-delegada de Medio Ambiente ha ordenado la incoación de los correspondientes expedientes sancionadores, cuya instrucción y subsiguiente propuesta de resolución está encomendada al Departamento de Régimen Sancionador. Disponen los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, de quince días para presentar alegaciones o aportar cuantos documentos e informaciones estimen convenientes. Transcurrido el plazo de quince días previsto al efecto sin haber formulado alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución a los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1498/1993, de 4 de agosto.

Conformidad con la denuncia: de hallarse conformen con la denuncia, podrán abonar el importe de la sanción (artículo 8 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto) por giro postal o ingreso en el “Banco de Santander”, número de cuenta 0049/1622/81/2210010186, siendo imprescindible indicar el número de expediente y nombre del interesado. El justificante de ingreso servirá a todos los efectos como carta de pago. El abono anticipado implicará la terminación del procedimiento, sin perjuicio de interponer los recursos correspondientes.

Protección de datos de carácter personal: en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre de 1999), se pone en su conocimiento que los datos recogidos serán tratados informáticamente por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid en el ejercicio de sus competencias sancionadoras. Los interesados podrán ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley.

Número de expediente. — Interesado/a. — Documento nacional de identidad o número de identificación fiscal. — Localidad. — Fecha de la denuncia. — Precepto infringido. — Cuantía de la sanción

MA 51/08. — Jardines Paraíso de Rivas, Sociedad Limitada. — B-84769595. — Rivas-Vaciamadrid. — 13 de abril de 2009. — Artículo 73.c) de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. — 300 euros.

MA 53/09. — Lunarama, Sociedad Limitada. — B-83940528. — Madrid. — 6 de mayo de 2009. — Artículo 73.c) de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. — 150 euros.

MA 54/09. — Mohammed Qssabtai. — X-1313181-L. — Pozuelo de Alarcón. — 7 de mayo de 2009. — Artículo 73.c) de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. — 200 euros.

Rivas-Vaciamadrid, a 11 de noviembre de 2009.—La concejala-delegada de Medio Ambiente, PD 1255/2009, de 26 de marzo, Sira Abed Rego.

(02/13.339/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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