Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091222-0022
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B) Autoridades y Personal Consejería de Transportes e Infraestructuras
La Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, crea las Juntas Arbitrales del Transporte como instrumento de protección y defensa de las partes intervinientes en el transporte, estableciendo que deberán, en todo caso, formar parte de las Juntas representantes de las empresas de transporte y representantes de los cargadores y usuarios. Mediante Ley Orgánica 5/1987, se delegó en las Comunidades Autónomas en las que las mismas hayan de estar radicadas, las funciones que la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres atribuye a las Juntas Arbitrales del Transporte. A estos efectos, el funcionamiento de las referidas Juntas se realizará respetando la organización, funciones y régimen jurídico establecidos en dicha Ley y en sus normas de desarrollo. Por su parte, el punto 3 del artículo 8 del Real Decreto 1211/1990, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 16/1987, establece que una de las dos vocalías obligatorias será ocupada por un representante de los cargadores o de los usuarios, y el punto 4 establece que la otra será ocupada por el representante de las empresas de transporte o de actividades auxiliares o complementarias de este. El Decreto autonómico 42/1991, de 24 de mayo, modificado por el Decreto 18/2006, de 9 de febrero, por el que se constituyen las Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid, recoge este mandato y dispone en el segundo párrafo de su artículo 3 de que se nombrará un representante, entre otros, de las agencias de transporte de mercancías de carga fraccionada, el cual será designado por la sección o secciones afectadas del Departamento de Transporte de Mercancías del Comité Madrileño de Transporte por Carretera. Por último, el artículo 2 del citado Decreto, en la redacción dada por el Decreto 18/2006, establece que el nombramiento de los vocales se efectuará mediante Orden de la Consejería con competencias en materia de transportes, a propuesta de la Dirección General de Transportes. Por todo ello, a la vista de la propuesta realizada por la Asociación Empresarial Española de Carga Fraccionada (AECAF), así como del informe favorable emitido pro el Comité Madrileño del Transporte por Carretera, y de la propuesta del ilustrísimo señor Director General de Transportes, esta Consejería ha tenido a bien disponer lo siguiente: Nombrar nuevo vocal de la Junta Arbitral del Transporte de Mercancías de Madrid, en representación de las agencias de transporte de carga fraccionada, a don Santiago Mallo Agúndez en sustitución de don Rafael Sanz Herrero, a quien se cesa como vocal titular de dicha Junta. Lo que se hace público para general conocimiento. En Madrid, a 23 de noviembre de 2009. El Consejero de Transportes e Infraestructuras, JOSÉ IGNACIO ECHEVERRÍA ECHÁNIZ (03/42.767/09) |