Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-12-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091221-0063

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 81
DE MADRID

EDICTO

En los autos seguidos en este Juzgado, procedimiento de juicio verbal número 539 de 2009, seguidos a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra don José Hernán Murillo Tafur, se ha dictado sentencia de fecha 15 de octubre de 2009, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo: estimar íntegramente la demanda interpuesta por “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra don José Hernán Murillo Tafur, y, en consecuencia:

1.  Declaro resuelto el contrato de suministro de gas para el consumo en la vivienda sita en la calle Talco, número 24, segundo A, de Madrid, concertado entre “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, y don José Hernán Murillo Tafur.

2.  Condeno a don José Hernán Murillo Tafur a que permita y consienta la entrada en su domicilio sito en la calle Talco, número 24, segundo A, de Madrid, a los empleados de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, que previamente designe la actora, a fin de que estos procedan a la privación del suministro mediante la desconexión y retiro del contador allí instalado.

3.  Condeno a don José Hernán Murillo Tafur a que abone a la parte actora la suma de 463,55 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.

4.  Además, condeno a don José Hernán Murillo Tafur a que abone a la parte actora la suma resultante de la facturación comprendida entre la última lectura facturada (1.106 metros cúbicos) y la correspondiente lectura que se realizará en el momento de proceder a la desconexión y retirada del contador, todo ello a determinar en ejecución de sentencia.

5.  Finalmente, condeno a don José Hernán Murillo Tafur a que abone las costas causadas en esta primera instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme y que contra la cual cabe recurso de apelación a preparar en el plazo de cinco días desde la notificación, ante este Juzgado.

Comuníquese el nombre del demandado y los demás datos de identidad que constan en las actuaciones al Registro Central de Rebeldes Civiles (artículo 157 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000).

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y dado el ignorado paradero del demandado don José Hernán Murillo Tafur se publica el presente para notificación de la sentencia, haciéndole saber que puede anunciar recurso de apelación contra ella en el plazo de cinco días desde la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/13.390/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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