Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0294

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Esther Rodríguez Ruiz-Malo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.502 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel González Salmerón, contra la empresa “Gonzama, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia en fecha 5 de noviembre de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda formulada por doña Ana Isabel González Salmerón, frente a “Gonzama, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora, y ante la imposibilidad de readmisión, pues está la empresa cerrada y carente de actividad, se declara extinguida la relación laboral en la fecha de esta sentencia, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora una indemnización de 2.477 euros, más la cantidad de 1.155,74 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución.

Notifíquese esta sentencia a las partes (a través del correo certificado con acuse de recibo, y para el caso de ser infructuosa, a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos y/o edictos), y adviértase que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente al de su notificación, anunciable a través de escrito o comparecencia ante este Juzgado de lo social.

También se advierte a la parte empresarial, condenada, que si recurre deberá acreditar el importe de la condena en la cuenta corriente de este Juzgado abierta al efecto en “Banesto”, cuenta número 2522, autos número 1.502/09, denominada “Fondos de anticipos reintegrables de sentencias recurridas”. Deberá ingresar igualmente en la mencionada cuenta número 2522, autos número 1.502/09 (si bien en resguardo de ingreso independientes de “Banesto”), 150,25 euros en concepto de depósito, teniendo que acreditar este depósito en el momento de anunciar el recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gonzama, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.154/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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