Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091209-0155

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 99 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Odero de Dios, doña Cristina Andrea Herrero Guerrero, doña Cristina Oroz Sagardoy, doña Antonia Ruiz Pantoja, don Álvaro Esteban Muñoz, doña Purificación Anaya Romero, doña Mercedes Freitas Doménech, doña María Luisa Rodríguez Cruz, doña Elena Ortega Salazar, doña Pilar Bautista Rodríguez, don Alfredo Bonilla Benita, doña Ana Isabel Navarro Osorio, doña Mercedes López de Quintana de Torres, don Alfonso Jaime Asenjo Romera y doña Mónica Ibarbia Molina Martell, contra la empresa “Slater Sofrware Laboratories, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 416 de 2009

En Madrid, a 12 de noviembre de 2009.—Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por cantidad, entre partes: de una, y como demandantes, don Alfredo Bonilla Benita, doña María de las Mercedes López Quintana Torres y doña Mónica Ibarbia Molina Martell, asistidos del letrado don Gonzalo Velasco Recio con número de colegiado 68.473, y este mismo en defensa y representación de doña Elena Odero de Dios, doña Cristina Andrea Herrero Guerrero, doña Cristina Oroz Sagardoy, doña Antonia Ruiz Pantoja, don Álvaro Esteban Muñoz, doña Purificación Anaya Romero, doña Mercedes Freitas Doménech, doña María Luisa Rodríguez Cruz, doña Elena Ortega Salazar, doña Pilar Bautista Rodríguez, don Alfonso Jaime Asenjo Romera y doña Ana Isabel Navarro Osorio, que no compareció pese a estar citada en legal forma, y de otra, como demandados, “Slater Sofrware Laboratories, Sociedad Limitada Unipersonal”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en nombre de Su Majestad Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Mercedes Freitas Doménech, doña Elena Ortega Salazar, doña Pilar Bautista Rodríguez, doña Cristina Andrea Herrero Guerrero, doña Elena Odero de Dios, doña Mónica Ibarbia Molina Martell, don Alfredo Bonilla Benita, doña Purificación Anaya Romero, doña Cristina Oroz Sagardoy, doña Antonia Ruiz Pantoja, don Álvaro Esteban Muñoz, don Alfonso Jaime Asenjo Romera, doña María Luisa Rodríguez Cruz y doña Mercedes López de Quintana de Torres, frente a “Slater Sofrware Laboratories, Sociedad Limitada Unipersonal”, condeno a la parte demandada al abono de las siguientes cantidades:

A doña Mercedes Freitas Doménech: 20.805,50 euros.

A doña Elena Ortega Salazar: 37.800 euros.

A doña Pilar Bautista Rodríguez: 35.308,33 euros.

A doña Cristina Andrea Herrero Guerrero: 35.935,33 euros.

A doña Elena Odero de Dios: 36.000 euros.

A doña Mónica Ibarbia Molina Martell: 19.800 euros.

A don Alfredo Bonilla Benita: 38.675 euros.

A doña Purificación Anaya Romero: 45.067 euros.

A doña Cristina Oroz Sagardoy: 45.057 euros.

A doña Antonia Ruiz Pantoja: 11.111,16 euros.

A don Álvaro Esteban Muñoz: 35.150 euros.

A don Alfonso Jaime Asenjo Romera: 37.333.33 euros.

A doña María Luisa Rodríguez Cruz: 31.000 euros.

A doña Mercedes López de Quintana de Torres: 9.244,44 euros.

Importes que no se incrementarán en el 10 por 100 en concepto de interés anual por mora.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial no se efectúa declaración expresa de absolución o condena sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente, si fuera la empresa demandada, consigne la cantidad de la condena en “Banesto”, en calle Orense, número 19, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1143, código de cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado de lo social número 10”, número de procedimiento 99/09, debiendo presentar, junto con el escrito de anuncio el recurso, el resguardo de dicha consignación o aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá depositar 150,25 euros al tiempo de la formalización del recurso en la cuenta corriente número 0030/1143/2508 del mismo banco, con el título de “Recurso de suplicación”, debiendo presentar dicho resguardo en este Juzgado con el escrito de formalización.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencia de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Slater Sofrware Laboratories, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.907/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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