Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091202-0255
Páginas: 0
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TORRES DE LA ALAMEDA RÉGIMEN ECONÓMICO El Pleno del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2009, acordó la aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas municipales siguientes: 1. Ordenanza de impuestos sobre bienes inmuebles. 2. Ordenanza fiscal número 19, reguladora de la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de la vía pública para aparcamientos particulares y aparcamientos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase. 3. Ordenanza fiscal número 2, reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. 4. Ordenanza fiscal número 5, reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. 5. Ordenanza fiscal número 3, reguladora del impuesto sobre actividades económicas. 6. Ordenanza número 4, reguladora del impuesto de construcciones, instalaciones y obras. 7. Ordenanza reguladora de la tasa por ocupación del dominio público local. 8. Ordenanza reguladora de la tasa de expedición de documentos administrativos. 9. Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicio y realización de actividades de enseñanzas especiales en establecimientos docentes municipales. 10. Ordenanza municipal reguladora de creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal. Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente en el Departamento de Secretaría General y el texto expuesto de la ordenanza en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente el acuerdo. En Torres de la Alameda, a 30 de noviembre de 2009.—La alcaldesa, Clara Torre Ruiz. (03/39.953/09) |