Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-11-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0221

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 878 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Lafargue Áridos y Hormigones, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra don José Santiago Beneyto Sanz, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 15 de julio de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de la fecha ha tenido entrada el anterior escrito presentado por la parte demandante manifestando se le tenga por desistido de su demanda. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Auto

En Madrid, a 15 de julio de 2009.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistida a la parte actora de su demanda, quedando sin efecto el señalamiento acordado, y una vez firme esta resolución, archívese, previa nota en el libro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber a las partes que contra la misma cabe interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así por este auto lo manda y firma su señoría ilustrísima.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Santiago Beneyto Sanz, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 27 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.740/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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