Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0157
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 824 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Martínez Rodríguez, don Juan Antonio Santa Toribio y don Marius Liviu Budelecan, contra la empresa “Francisco Amorós, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente: Fallo Que estimando la demanda formulada por don Antonio Martínez Rodríguez, don Juan Antonio Santa Toribio y don Marius Liviu Budelecan, contra “Francisco Amorós, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores, condenando a la empresa demandada a que indemnice a los trabajadores con las siguientes cantidades: a don Antonio Martínez Rodríguez en la suma de 28.578,38 euros, y salarios de tramitación hasta el día de la fecha a razón de 72,58 euros diarios, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral a don Juan Antonio Santa Toribio en la suma de 7.201,20 euros, y salarios de tramitación hasta el día de la fecha a razón de 60,01 euros diarios, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral, y a don Marius Liviu Budelecan a que le indemnicen en la cantidad de 5.459,18 euros, y salarios de tramitación a razón de 76,62 euros diarios, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral, declarando todo ello con la responsabilidad que en su caso y dentro de los límites legales corresponda al Fondo de Garantía Salarial y sin perjuicio de las situaciones de incompatibilidad que provengan de la situación de empleo de los actores o de la percepción de prestaciones por desempleo, sin perjuicio de la responsabilidad, en su caso, del Fondo de Garantía Salarial. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Francisco Amorós, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/37.790/09) |