Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-11-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091124-0240

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5 DE ZARAGOZA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Zaragoza.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 331 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Enrique Pescador Martínez, contra la empresa “Grupo Avanza Iber Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don José Enrique Pescador Martínez, contra la empresa “Grupo Avanza Iber Gestión, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 6.856,97 euros, con más el interés por mora del 10 por 100 respecto de las cantidades reclamadas.

Contra la sentencia cabe recurso de suplicación, para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que, en su caso, deberán anunciar ante este Juzgado por comparecencia o por escrito, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, designando letrado encargado de la interposición del recurso y señalándose un domicilio en Zaragoza a efectos de notificación.

Con la advertencia de que, caso de recurrir la demandada esta sentencia, deberá constituir un depósito de 150.25 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la sucursal del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), oficina número 8005, sita en calle Torrenueva, número 3, de Zaragoza, cuenta de abono en caso de transferencia bancaria (cuenta código cliente) número 0030/8005/40/0000000000, concepto 4895/0000/65…, y en caso de ingreso en efectivo al número 4895/0000/65..., haciendo entrega del resguardo acreditativo en Secretaría al tiempo de interponer el recurso.

Asimismo la demandada deberá acreditar en el momento del anuncio del recurso haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la sucursal del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en calle Torrenueva, número 3, cuenta de abono en caso de transferencia bancaria (cuenta código cliente) número 0030/8005/40/0000000000, concepto 4895/0000/65…, la cantidad objeto de condena, o asegurarla mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Avanza Iber Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zaragoza, a 4 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.366/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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