Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-11-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091124-0073

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE BILBAO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Helena Barandiarán García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos de social ordinario número 147 de 2009-P, ejecución número 181 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Verónica Gayón Álvarez, contra la empresa “Construcciones Graisu, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

No ha lugar a la admisión a trámite de la ejecución instada contra los bienes de la empresa deudora, “Construcciones Graisu, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que dicha parte haga valer su derecho ante el magistrado-juez del concurso.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil) sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este su auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña María Encarnación de Miguel Burgueño.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestnornova, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia”.

En Bilbao (Bizkaia), a 21 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.611/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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