Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-11-2009

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091124-0071

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 333 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Camacho Flores, don Eduardo Castellano Rincón, don Francisco Javier Fernández Tejeda, don Faustino García Jiménez, don Alfonso García Romero, don Rafael Guerra Zarzuela y don José María Tirado Montes, contra la empresa “Krece Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por don Manuel Camacho Flores, don Eduardo Castellano Rincón, don Francisco Javier Fernández Tejeda, don Faustino García Jiménez, don Alfonso García Romero, don Rafael Guerra Zarzuela y don José María Tirado Montes, contra “Krece Estructuras, Sociedad Limitada”, por un importe de 55.163,39 euros de principal, más 11.032,67 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al Ayuntamiento, Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, y Delegación de Hacienda para que proceda a la retención de las cantidades que tuviera la demandada pendiente de devolución.

c)  Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d)  Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase.

e)  Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Krece Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 27 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.595/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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