Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-11-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091118-0240

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 7
DE TORREJÓN DE ARDOZ

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de familia sobre medidas provisionales número 420 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Auto número 297 de 2008

En Torrejón de Ardoz, a 26 de septiembre de 2008.

Dispongo: Adoptar las siguientes medidas provisionales.

1.  Se atribuye la guarda y custodia de los menores David y Daniel Manuel Cayetano Nchama a la madre, doña Victoria Nchama Nculu, manteniéndose la patria potestad compartida entre ambos progenitores.

2.  Se fija a favor del progenitor no custodio el siguiente régimen de visitas:

Fines de semana alternos, desde la diecisiete horas del viernes hasta las veinte horas del domingo, en otoño e invierno, y las veintidós horas, en primavera y verano.

Mitad de las vacaciones escolares de Navidad y verano, eligiendo la madre los años pares y el padre los impares, caso de no existir acuerdo.

Vacaciones de Semana Santa en años alternos (años pares para la madre, impares para el padre).

3.  Se fija como contribución en concepto de pensión de alimentos a abonar por don Juan Manuel Cayetano Asumu la cantidad de 400 euros para cada hijo (un total de 800 euros al mes), que deberá abonar dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante transferencia bancaria a la cuenta que designe la madre. Dicha cantidad será revisada con efectos de 1 de enero de cada año conforme al incremento del índice de precios al consumo que determine el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya. El padre vendrá, asimismo, obligado al pago del 50 por 100 de los gastos extraordinarios que pudieran generarse en la educación de los menores.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda y firma doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 7 de Torrejón de Ardoz y su partido.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Manuel Cayetano Asumu, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Torrejón de Ardoz, a 22 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(03/36.887/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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