Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-11-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091117-0118

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 20 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.417 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Sánchez Domínguez, contra la empresa “Proyectos Saipán, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de citación:

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 24 de noviembre de 2009, a las dieciséis y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, tercera planta (3-C), de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al otrosí digo: ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Proyectos Saipán, Sociedad Limitada”. A tal fin se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Ha lugar a la documental que la actora aporte en el acto de juicio: cuando se proponga se acordará.

En cuanto a la documental aportada por la actora relativa al acta de requerimiento para asistir a la junta de la sociedad “Proyectos Saipán, Sociedad Limitada”, póngase en conocimiento de la parte, a los efectos legales oportunos, que dicha documentación está incompleta, faltando diferentes páginas de la misma.

Ha lugar a la testifical: cuando se proponga se acordará.

Al otrosí segundo digo: se tiene por hecha la manifestación de asistencia letrada.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Proyectos Saipán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de octubre de 2009.—La secretario judicial (firmado).

(03/36.578/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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