Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-11-2009

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091111-0008

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Educación

3702 RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos, mediante la que se corrigen errores materiales advertidos en la Resolución de 16 de octubre de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición de ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 20 de marzo de 2009.

Mediante Resolución de 16 de octubre, de la Dirección General de Recursos Humanos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 29), se publicó la regulación de la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición de ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 20 de marzo de 2009. Advertidos errores materiales en la referida Resolución, resulta necesario su rectificación.

En consecuencia, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.—En el punto Tercero, “Designación del maestro tutor”, en el apartado 2, donde dice: “Las funciones del profesor tutor consistirán en formar y asesorar a los funcionarios en prácticas sobre los siguientes aspectos de la Programación General anual”; debe decir: “Las funciones del maestro tutor consistirán en formar y asesorar a los funcionarios en prácticas sobre los siguientes aspectos”.

Donde dice: “Propuesta pedagógica/concreción curricular”; debe decir: “Propuesta pedagógica”.

Donde dice: “Adecuación de las programaciones de aula a la propuesta pedagógica/concreción curricular”; debe decir: “Adecuación de las programaciones de aula a la propuesta pedagógica”.

Segundo.—En el punto Quinto, “Evaluación de los funcionarios en prácticas”, al final del primer apartado, se debe incluir: “En caso de que se hayan creado los grupos de trabajo de la Inspección Educativa, deberán emitir un informe de evaluación que la Comisión Calificadora, junto con los anteriores informes, tendrá en cuenta para la valoración del aspirante”.

Tercero.—En el Anexo I (página 9 del Boletín), donde dice: “Cumplimiento de la programación didáctica del equipo o equipos de ciclo de acuerdo con la Propuesta Pedagógica o el Proyecto Curricular de etapa”; debe decir: “Cumplimiento de la programación didáctica del equipo o equipos de ciclo de acuerdo con la Propuesta Pedagógica o el Proyecto Curricular de ciclo”.

Madrid, a 2 de noviembre de 2009.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel Zurita Becerril.

(03/35.916/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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