Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-11-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0159

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 25
DE MADRID

EDICTO

El Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid, en autos número 1.284 de 2008, sobre divorcio, instados por doña Leocadia Andeme Ndong, representada por el procurador don Javier Lorente Zurdo, contra don José Manuel Conde Negrín, que se halla con domicilio desconocido, ha acordado por medio de la presente notificar al mencionado demandado que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 9 de octubre de 2009, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Que estimando la demanda promovida por el procurador de los tribunales don Javier Lorente Zurdo, en nombre y representación de doña Leocadia Andeme Ndong, contra don José Manuel Conde Negrín, declarado en rebeldía, declaro la disolución del matrimonio por divorcio de ambos cónyuges, con los efectos inherentes a dicha declaración, sin hacer especial condena en costas.

En ejecución de sentencia podrán las partes practicar la liquidación de la sociedad conyugal, de no haberlo efectuado aún.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que, en su caso, deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Una vez firme esta resolución, anótese al margen de la inscripción de matrimonio.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma don Francisco Ruiz-Jarabo Pelayo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid.

Y para que sirva de notificación en forma a don José Manuel Conde Negrín, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto.

Dado en Madrid, a 13 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.767/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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