Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-10-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091028-0184

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TITULCIA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2009, acordó la aprobación provisional de las ordenanzas municipales que a continuación se citan:

— Ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

— Ordenanza municipal reguladora de la publicidad en vías y lugares públicos.

— Ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

— Ordenanza municipal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo y vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros.

— Ordenanza municipal reguladora de la tasa por apertura de zanjas, calicatas, pozos, tendido de carriles, colocación de postes, canalizaciones, acometidas, en general cualquier remoción de pavimento o aceras en la vía pública.

— Ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre actividades económicas.

— Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la expedición de documentos administrativos.

— Ordenanza municipal reguladora del precio público por la prestación del servicio de biblioteca municipal.

— Ordenanza municipal reguladora de la tasa por prestación del servicio de cementerios municipales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local.

— Ordenanza municipal reguladora de la tasa por asistencia a la Casa de Niños de Titulcia.

Se someten los citados expedientes a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar los mismos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Titulcia, a 5 de octubre de 2009.—La alcaldesa, María Fuencisla Molinero Cuenca.

(03/33.591/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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