Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091028-0184
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TITULCIA RÉGIMEN ECONÓMICO El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2009, acordó la aprobación provisional de las ordenanzas municipales que a continuación se citan: — Ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. — Ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. — Ordenanza municipal reguladora de la publicidad en vías y lugares públicos. — Ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles. — Ordenanza municipal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo y vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros. — Ordenanza municipal reguladora de la tasa por apertura de zanjas, calicatas, pozos, tendido de carriles, colocación de postes, canalizaciones, acometidas, en general cualquier remoción de pavimento o aceras en la vía pública. — Ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre actividades económicas. — Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la expedición de documentos administrativos. — Ordenanza municipal reguladora del precio público por la prestación del servicio de biblioteca municipal. — Ordenanza municipal reguladora de la tasa por prestación del servicio de cementerios municipales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local. — Ordenanza municipal reguladora de la tasa por asistencia a la Casa de Niños de Titulcia. Se someten los citados expedientes a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar los mismos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. En Titulcia, a 5 de octubre de 2009.—La alcaldesa, María Fuencisla Molinero Cuenca. (03/33.591/09) |