Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091023-0153

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 30 DE MADRID

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 102 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás Mateo Palomo y don Juan Antonio Palomares Valverde, contra “Ferrallas Ferjuva, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 29 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a)  El embargo de la finca número 4.936 de Carranque-Idufir 45014000122924, inscrita en el tomo 1.559, foli 200, que se describe como:

Urbana.—Parcela de terreno urbano en Carranque, número 388, sita en la urbanización “Coto del Zagal”, como propiedad de “Ferrallas Ferjuva, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83491746, para responder de la cantidad de 1.758,24 euros, más 263,74 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Tomás Mateo Palomo y don Juan Antonio Palomares Valverde, contra “Ferrallas Ferjuva, Sociedad Limitada”.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes, y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requerir a la ejecutada, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Ángel Folguera Crespo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ferrallas Ferjuva, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.031/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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