Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091019-0072

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 14 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 437 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando José Clavijo Dorta, contra la empresa “Triple Torsión, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 2 de julio de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 335

En Madrid, a 2 de julio de 2009.—Vistos por doña María del Carmen Rodrigo Saiz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos sobre extinción de contrato, seguidos en este Juzgado bajo el número 437 de 2009, entre las siguientes partes: de una y como demandante, don Fernando José Clavijo Dorta, asistido de la letrada doña Sonia Marín Hontoria, y de otra, como demandada, la empresa “Triple Torsión, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada.

Fallo

Que debo estimar y estimo en parte la demanda formulada por don Fernando José Clavijo Dorta, contra la empresa “Triple Torsión, Sociedad Limitada”, declarando la extinción de la relación laboral que unía a la parte actora con la empresa con fecha de esta resolución (2 de julio de 2009), condenando a dicha empresa a abonar al actor como indemnización la suma de 7.545,29 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Triple Torsión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.960/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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