Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-10-2009

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091016-0037

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte
y Portavocía del Gobierno

3416 ORDEN 1534/2009, de 8 de octubre, por la que se modifican la Orden 387/2009/00, de 5 de marzo, de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de menos de 10.000 habitantes para el acondicionamiento y mejora de instalaciones deportivas municipales, y la Orden 694/2009, de 9 de julio, por la que se convocan dichas subvenciones para el año 2009.

La Orden 387/2009/00, de 5 de marzo, de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de abril de 2009), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de menos de 10.000 
habitantes para el acondicionamiento y mejora de instalaciones deportivas municipales, establece en su base decimocuarta que el último día del plazo de justificación del gasto subvencionado será el 30 de septiembre del año de la convocatoria.

Mediante Orden 694/2009, de 9 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de julio de 2009) se convocan estas ayudas para 2009, estableciendo en su artículo 10 que la justificación del gasto subvencionado finalizará el 30 de septiembre de 2009.

Por su parte, la base reguladora undécima de la Orden 387/2009/00, de 5 de marzo, establece que la Orden de concesión de la sub­vención determinará su importe, la actuación subvencionable, el ­plazo y la forma de justificación. Hasta la fecha, dicha Orden de concesión no se ha dictado. Por todo lo anterior, resulta necesaria la modificación de la citada base decimocuarta de la Orden 387/2009/00, de 5 de marzo, así como de la Orden 694/2009, de 9 de julio, al objeto de fijar un nuevo término del plazo de ­justificación del gasto.

En virtud de lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Modificación de la Orden 387/2009/00, de 5 de marzo, de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de menos de 10.000 habitantes para el acondicionamiento y mejora de instalaciones deportivas municipales.

El apartado primero de la base decimocuarta de la Orden 387/2009/00, de 5 de marzo, de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de menos de 10.000 habitantes para el acondicionamiento y mejora de instalaciones deportivas municipales, queda redactado como sigue:

“1.  El pago de la subvención concedida se tramitará previa ­justificación de que se ha realizado la totalidad de la inversión ­objeto de la ayuda. El último día de plazo de justificación del gasto subvencionado será el 16 de noviembre del año de cada convocatoria”.

Artículo 2

Modificación de la Orden 694/2009, de 9 de julio, por la que se convocan ayudas a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de menos de 10.000 habitantes para el acondicionamiento y mejora de las instalaciones deportivas municipales durante 2009.

El apartado segundo del artículo 10 de la Orden 694/2009, de 9 de julio, por la que se convocan ayudas a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de menos de 10.000 habitantes para el acondicionamiento y mejora de las instalaciones deportivas municipales durante 2009, queda redactado como sigue:

“El plazo de justificación del gasto subvencionado finalizará el 16 de noviembre de 2009”.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 8 de octubre de 2009.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura
 y Deporte y Portavoz del Gobierno,
 IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/33.542/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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