Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-10-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091015-0081

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado por decreto del concejal-delegado del Área de Patrimonio, Hacienda, Personal, Régimen Interior, Seguridad Ciudadana y Protección Civil, de fecha 1 de septiembre de 2009, el padrón de la tasa por el paso de vehículos o carruajes a través de las aceras o calzadas (vados) correspondiente al ejercicio 2009, se pone en conocimiento de los interesados que se encuentra expuesto al público en el departamento de Gestión Tributaria e Inspección Fiscal de este Ayuntamiento durante el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrá ser examinado y formular las reclamaciones que se estimen pertinentes.

El cobro del citado padrón se llevará a cabo en período voluntario desde el día 18 de septiembre hasta el día 18 de noviembre de 2009 en cualquier oficina de “Ibercaja”, “Caja de Madrid”, “Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona”, “Caja España”, “Caja de Castilla-La Mancha”, “Bancaja”, “Banco Santander”, “Barclays Bank”, Deutsche Bank”, “Caixa de Catalunya”, “BBK”, “Banco Sabadell Atlántico”, “Banco Guipuzcoano”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Caja Duero”, “Caja Sol”, “Banco Pastor”, “Caja Cantabria” y “Banco Popular”.

El vencimiento del plazo sin haber sido satisfecha la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo de los recargos del período ejecutivo al que se refiere el artículo 28 de la Ley General Tributaria y, en su caso, de los intereses de demora correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 161 de la citada Ley General Tributaria.

En Parla, a 9 de septiembre de 2009.—El alcalde-presidente (firmado).

(02/10.511/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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