Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-10-2009

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091014-0197

Páginas: 0


D) Anuncios

Consejería de Economía y Hacienda

Orden de 24 de septiembre de 2009, por la que se acuerda dar publicidad a

Mediante Orden de 25 de septiembre de 2008, del Consejero de Economía y Hacienda, se resolvió el expediente sancionador nú­mero 04-SM-00097.5/2008, incoado a la empresa “Feresco Gas Servicios, Sociedad Limitada Unipersonal” (en adelante, Feresco), con la imposición de una sanción de 149.200 euros por la comisión de diversas infracciones en materia de consumo.

La Orden prevé la posibilidad de que la autoridad que adopte la resolución del procedimiento sancionador acuerde dar publicidad a las sanciones impuestas, una vez firmes en vía administrativa.

La Orden por la que se resuelve el procedimiento sancionador incoado a la empresa “Feresco Gas Servicios, Sociedad Limitada Unipersonal”, es firme en vía administrativa.

El artículo 53.3 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, establece que “3.  Por razones de ejemplaridad y siempre que concurra alguna de las circunstancias de riesgo o daño efectivo para la salud, seguridad o intereses económicos de los consumidores, reincidencia en infracciones análogas o intencionalidad acreditada, la autoridad que adopte la resolución del procedimiento sancionador podrá acordar que se dé publicidad a las sanciones impuestas, una vez firmes en vía administrativa, mediante la publicación del nombre de la empresa o de las personas naturales o jurídicas responsables, con expresa indicación de las infracciones cometidas.

La publicidad se efectuará al menos en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en los medios de comunicación social que se consideren adecuados para la prevención de futuras conductas infractoras”.

De acuerdo con las normas de competencia establecidas en los artículos 62.2, apartado h), y 53.3 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid,

ACUERDO

Dar publicidad en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los principales periódicos de ámbito nacional, por ­razones de ejemplaridad y en protección de los intereses econó­micos de los consumidores, a la sanción impuesta a la empresa “Feresco Gas Servicios, Sociedad Limitada Unipersonal”, por importe de 149.200 euros, por la comisión de las siguientes infracciones:

1.  Obstrucción a facilitar la labor inspectora, infracción administrativa grave a tenor de lo dispuesto en el artículo 51.1 y artículo 52.5 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, sancionada con una multa en grado medio por importe de 4.600 euros.

2.  Facilitar información falsa a los consumidores, sobre su identidad y los servicios que ofrece, infracción administrativa muy grave a tenor de lo dispuesto en el artículo 50.3 y en el artículo 52.4 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4, 5.1, 5.3 y 5.5 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, sancionada con una multa en grado máximo por importe de 118.000 euros.

3.  No disponer de las hojas informativas obligatorias para entregar a los consumidores, infracción administrativa grave a tenor de lo dispuesto en el artículo 50.1 y en el artículo 52.3 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Real Decreto 58/1988, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico, sancionada con una multa en grado medio por importe de 4.600 euros.

4.  No entregar presupuesto previo de sus trabajos a los consumidores, infracción administrativa grave a tenor de lo dispuesto en el artículo 50.1 y en el artículo 52.3 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 58/1988, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico, sancionada con una multa en grado medio por importe de 7.000 euros.

5.  Imponer a los consumidores la firma de contratos de mantenimiento no solicitados, infracción administrativa grave a tenor de lo dispuesto en el artículo 50.6 y en el artículo 52.3 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, sancionada con una multa en grado máximo por importe de 15.000 euros.

Madrid, a 24 de septiembre de 2009.

El Consejero de Economía y Hacienda,
 ANTONIO BETETA BARREDA

(03/33.209/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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