Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-10-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091012-0185

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 5
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.583 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 10 de julio de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Antonio Portugal Ramírez, representado por el procurador de los tribunales don Felipe de Juanas Blanco, contra don José María Álvarez Rodríguez, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que vinculaba a ambas partes litigantes de fecha 15 de abril de 2008 y referido a la vivienda sita en la travesía de los Almendros, número 5, cuarto G, de Madrid, acordando el desahucio de la parte demandada, quien deberá dejar libre y expedita la citada vivienda, vacía de enseres y objetos personales que no guarden relación con el título, dentro del plazo de un mes, bajo apercibimiento de lanzamiento, y de tener por abandonados los mencionados efectos para el caso de no verificarlo en el plazo concedido, condenando igualmente a la parte demandada al pago de 12.725 euros de principal, y todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Hágase saber a la parte demandada que la fecha del lanzamiento se encuentra fijada en el procedimiento para el día 10 de noviembre de 2009, a las nueve y treinta horas de su mañana, debiendo la actora presentar la correspondiente demanda de ejecución para que el mismo pueda llevarse a efecto, según lo establecido en la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora magistrada-juez que la dictó estando celebrando audiencia pública en el siguiente día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don José María Álvarez Rodríguez se extiende la presente para que sirva de notificación y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/11.311/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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