Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-10-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091009-0023

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 3
DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento número 125 de 2008, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 245 de 2009

En Móstoles, a 7 de septiembre de 2009.—El ilustrísimo señor don Francisco José López Ortega, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Móstoles, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 125 de 2008, a instancias de doña Guadalupe García Pizarro y doña Dolores García Pizarro, representadas por la procuradora doña Yolanda Fernández Gómez, y asistidas por el letrado don Carlos Núñez Pagán, contra herederos de don José Luis Ibarra Belmonte, en rebeldía en esta causa.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Yolanda Fernández Gómez, en nombre y representación de doña Guadalupe García Pizarro y doña Dolores García Pizarro, contra herederos de don José Luis Ibarra Belmonte, en rebeldía en esta causa, debo condenar y condeno a la parte demandada a que eleve a escritura pública el contrato privado de compraventa celebrado el 23 de diciembre de 1978 por el que doña Guadalupe (documento nacional de identidad número 50.917.665) y doña Dolores García Pizarro (documento nacional de identidad número 51.959.853) adquieren de don José Luis Ibarra Belmonte (documento nacional de identidad número 776.859) el cien por cien en proindiviso de la vivienda sita en Móstoles, Urbanización B, piso cuarto A, calle Zaragoza, número 1, con apercibimiento de que si no lo hiciere voluntariamente será suplida su voluntad y con imposición a la parte demanda de las costas procesales causadas.

Esta sentencia no es firme y contra la misma podrá interponerse, en este Juzgado, recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 457 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.—La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el ilustrísimo señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de ignorados herederos de don José Luis Ibarra Belmonte, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Móstoles, a 7 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/10.982/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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