Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090928-0113

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 59 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Lérida Alcocer, contra la empresa “Soluciones Integrales Técnicas a Obras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 7 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, Ofelia Ruiz Pontones.—En Madrid, a 7 de septiembre de 2009.

Dada cuenta; póngase a disposición de don Ángel Lérida Alcocer la cantidad de 6,64 euros en concepto de parte de principal, una vez que la presente resolución sea firme mediante el correspondiente mandamiento de devolución que será entregado en esta Secretaría.

Se hace saber al señor Lérida Alcocer que, si lo desea, puede facilitar en el plazo de cinco días, por escrito presentado al Juzgado incluso vía fax al 914 935 315, un número de cuenta corriente de la que sea titular, solicitando le sea transferida la cantidad de 6,64 euros, debiendo adjuntar al escrito fotocopias de la primera hoja de la cartilla bancaria o documento bancario que acredite la titularidad, y de su documento nacional de identidad.

Queda reducido el principal a la cantidad de 427,08 euros, más 71 euros de costas e intereses provisionales.

La anterior información obtenida sobre los ingresos y pagos de la demandada únase a las actuaciones. En resolución aparte se resolverá sobre el embargo de créditos. Queden las once acciones del “Banco Santander, Sociedad Anónima”, a la espera del resultado del citado embargo de créditos, acordándose en el momento procesal oportuno lo procedente en Derecho.

Se unen los anteriores oficios con resultado negativo recibidos de la Agencia Tributaria, “La Caixa” y “Caja de Madrid”.

Queda unido el anterior exhorto cumplimentado con resultado negativo por el Juzgado de paz de La Solana (Ciudad Real), comunicando que personados en el domicilio social de la ejecutada, el local se encuentra cerrado y en evidente estado de abandono.

Visto lo anterior, constando la mercantil “Soluciones Integrales Técnicas a Obras, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se acuerda notificarle el auto de ejecución de 2 de abril de 2009, la presente resolución y demás que se dictaren por edictos o en los estrados del Juzgado, según corresponda.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soluciones Integrales Técnicas a Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.198/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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