Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090925-0079
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda con los números 400 de 2009 y 401 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Soledad Herrera Alonso y doña Ana María Barreras Barreras, contra la empresa “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 268 de 2009 En Madrid, a 22 de junio de 2009.—Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, doña María Soledad Herrera Alonso y doña Ana María Barreras Barreras, que comparecen con asistencia del letrado don José Luis de Vicente Álvarez, y otra, como demandada, “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Estimo la acción principal de la demanda de las actoras y declaro nulos los despidos realizados por la empresa demandada “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, con efectos de 11 de febrero de 2009. En consecuencia, condeno a la demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que readmita a las dos trabajadoras en las mismas condiciones anteriores a sus despidos, con abono de los salarios de tramitación a razón de 2.043,76 euros mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras, para doña María Soledad Herrera Alonso desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar, y a razón de 2.544,49 euros mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras, para doña Ana María Barreras Barreras desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar. Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo. Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado, en la sucursal de “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/29.387/09) |