Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090921-0282
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C) Otras Disposiciones Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley serán objeto de aprobación mediante Orden del Consejero respectivo, a tenor de lo indicado en su artículo 4. Por la presente disposición se asigna y modifica el nivel de seguridad de los ficheros adscritos a la Consejería de Presidencia Justicia e Interior que se relacionan en el Anexo de esta Orden, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. La modificación de estos ficheros se ajustará a los términos y condiciones fijados tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, como en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de Regulación del Procedimiento de Elaboración General de Creación, Modificación y Supresión de Ficheros de Datos de Carácter Personal, así como en el citado Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. En virtud, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, así como en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, DISPONGO Artículo 1 Modificación de ficheros Se procede a la modificación de los ficheros de datos de carácter personal que se incluyen en el Anexo. Artículo 2 Medidas de seguridad En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en los dos ficheros que se modifican se dará cumplimiento a lo previsto en el título VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Entrada en vigor La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 26 de agosto de 2009. El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, FRANCISCO GRANADOS LERENA (03/29.219/09) |