Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090909-0087

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.358 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Héctor Rodríguez Gutiérrez, contra la empresa “Hierros Ecua, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución de fecha 4 de febrero de 2009, cuya parte dispositiva es:

Diligencia.—En Madrid, a 4 de febrero de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que llamado por el auxiliar judicial, y no obstante estar citado en forma legal, no comparece el actor, para asistir a los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para este día de hoy, a las diez y quince horas de su mañana.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 4 de febrero de 2009.

Vistos por mí, don Isidro Saiz de Marco, ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social del número 2 de Madrid y provincia, las presentes actuaciones, seguidas a instancias de don Héctor Rodríguez Gutiérrez, contra “Hierros Ecua, Sociedad Limitada”, en materia de despido, dicto la siguiente resolución:

Hechos:

Primero.—Fue presentada demanda el día 26 de noviembre de 2008 y, admitida a trámite, se señaló para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio la audiencia del día 4 de febrero de 2009, a las diez y quince de su mañana.

Segundo.—Constando citada en legal forma la parte demandante, y llamada por el auxiliar judicial, no comparece, para asistir a los actos señalados para este día y hora de su mañana.

Razonamientos jurídicos:

Único.—Por no haber comparecido la parte actora, citada en legal forma, ni haber alegado causa alguna que justifique su incomparecencia, que hubiere podido motivar la suspensión de los actos señalados para hoy, se tiene a dicha parte por desistida de su demanda, conforme a lo dispuesto en el artículo 83.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, y sin más trámites, procede archivar el procedimiento.

Vistos los preceptos legales mencionados y demás de general aplicación.

Parte dispositiva:

Así por este auto, digo: Se tiene al demandante, don Héctor Rodríguez Gutiérrez, por desistido de su demanda, y archívese el procedimiento sin más trámite.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma se podrá interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así lo acuerdo, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—En Madrid, a 14 de agosto de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que, intentada la notificación a don Héctor Rodríguez Gutiérrez, contra “Hierros Ecua, Sociedad Limitada”, por los medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hierros Ecua, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de agosto de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.119/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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