Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-08-2009

Sección 2.110.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090820-0072

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Y MEDIO RURAL Y MARINO

Confederación Hidrográfica del Tajo

Real Acequia del Jarama

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2009

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización del agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas de la Real Acequia durante el año 2009.

1.  Tarifa de utilización del agua para usuarios de riego de la Real Acequia del Jarama: 263,81 euros/hectárea.

2.  Tarifa de utilización del agua para uso de riego de la Real Acequia del Jarama, patrimonio del Estado: 235,77 euros/hectárea.

3.  Tarifa de utilización del agua para usuarios de abastecimiento y otros usos del agua en la Real Acequia del Jarama: 0,052762 euros/
metro cúbico.

Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua que utilicen las obras hidráulicas de la Real Acequia del Jarama, cualquiera que sea el tipo de aprovechamiento.

Las liquidaciones que se practiquen a los usuarios se incrementarán en el 4 por 100 de la tasa por explotación de obras y servicios, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 138/1960.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Toledo” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 29 de julio de 2009.—El secretario general, Juan Sanabria Pérez.

(02/9.284/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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