Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-08-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090820-0093

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GALAPAGAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 30 de julio de 2009, aprobó inicialmente el Reglamento para la creación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Galapagar.

Fichero: Control de acceso a las dependencias municipales.

Fichero: Control horario.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985 se abre un período de información pública por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones o sugerencias.

El expediente podrá ser examinado dentro del plazo indicado en la Secretaría municipal, en horario de atención al público (de lunes a viernes, de nueve a catorce horas).

Régimen de recursos: contra el acuerdo de aprobación inicial del reglamento, por tratarse de un acto de trámite, no cabe interponer recurso alguno, de conformidad con el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de que se pueda manifestar la oposición a este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Galapagar, a 31 de julio de 2009.—El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz.

(03/27.537/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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