Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090805-0340
Páginas: 0
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VILLAMANTA RÉGIMEN ECONÓMICO Mediante decreto de Alcaldía 373/2009, de 8 de julio, se ha acordado: Primero.—Aprobar provisionalmente el padrón del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio económico de 2009, con unos derechos reconocidos de 318.875,27 euros. Segundo.—Aprobar provisionalmente el padrón del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio económico de 2009, con unos derechos reconocidos de 15.985,87 euros. Tercero.—Aprobar provisionalmente la matrícula definitiva del impuesto de actividades económicas correspondiente al ejercicio económico de 2009. Cuarto.—Ordenar que dicha aprobación sea publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, exponiéndose al público por un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación. Quinto.—El padrón se entenderá definitivamente aprobado si no se presentara ningún recurso o reclamación económico-administrativa durante el plazo de su exposición. Sexto.—Fijar el período de cobro en voluntaria del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica e impuesto sobre actividades económicas durante el ejercicio económico de 2009, al amparo de lo dispuesto en el artículo 87 del Reglamento General de Recaudación del 1 de octubre al 30 de noviembre, ambos incluidos. En Villamanta, a 8 de julio de 2009.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Dorado del Álamo. (02/8.900/09) |