Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090723-0293
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de la titularidad, solicitando la autorización para impartir el curso de preparación a las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional al Centro de Formación Profesional Específica denominado “Escuela Técnica de Enseñanzas Especializadas”, con domicilio en la calle Adela de Balboa, número 16, de Madrid, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 7.3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las Órdenes de autorización de apertura y funcionamiento de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 2689/2009, de 9 de junio, de la Consejera de Educación: Primero Autorizar, de conformidad con el apartado cuarto de las Instrucciones de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación de 18 de marzo de 2009, al Centro de Formación Profesional Específica denominado “Escuela Técnica de Enseñanzas Especializadas” (código de centro 28040647), con domicilio en la calle Adela de Balboa, número 16, y otras, de Madrid, a impartir el curso de preparación a las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior, en las opciones de Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias y Tecnología, fijándose una capacidad de tres grupos y 90 puestos escolares. Segundo La presente autorización surtirá desde el inicio del curso 2008-2009 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos. Tercero Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, y sin perjuicio de cuantos recursos se estime oportuno deducir. En Madrid, a 18 de junio de 2009.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez. (01/2.556/09) |