Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-07-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090722-0132

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 66
DE MADRID

EDICTO

Doña María Teresa Martín Antona, secretaria del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de demanda de medidas paternofiliales seguidos bajo el número 515 de 2008-R, a instancias de don Juan Rodríguez González, representado por la procuradora doña Irene Gutiérrez Carrillo, contra doña Yolanda Muñoz Ortúñez, declarada en rebeldía y en ignorado paradero, habiendo recaído en dicho procedimiento las resoluciones declaradas firmes y del tenor literal siguiente:

Sentencia

Madrid, a 20 de abril de 2009.—Han sido vistos por la Ilustrísima señora doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez de primera instancia del número 66 de los de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 515 de 2008, promovidos a instancias de don Juan Rodríguez González, representado por la procuradora doña Irene Gutiérrez Carrillo y defendido por el letrado don Fernando Martín Muñiz, contra doña Yolanda Muñoz Ortúnez, rebelde en las actuaciones, en las que ha sido parte el ministerio fiscal, sobre relaciones paternofiliales, recayendo en ellos la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora doña Irene Gutiérrez Carrillo, en nombre y representación de don Fernando Martín Muñiz, contra doña Yolanda Muñoz Ortúñez, debo acordar y acuerdo la adopción de las siguientes medidas:

1.  Se atribuye la guarda y custodia de los hijos menores, Yolanda y Juan Manuel, al padre, siendo compartida la patria potestad por ambos progenitores.

2.  Se atribuye el uso y disfrute del domicilio familiar, sito en la calle de José de Cadalso, número 24, cuarto C, a los menores en compañía del padre.

3.  Se establece el siguiente régimen de visitas entre la madre y los menores: fines de semana alternos los sábados y domingos desde las doce a las veinte horas, sin pernocta.

4.  En concepto de pensión alimenticia, doña Yolanda Muñoz Ortuño deberá abonar a don Fernando Martín Muñiz la cantidad de 200 euros mensuales (100 euros por cada hijo), pagaderos los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe el padre. La pensión alimenticia se revisará anualmente el día 1 de enero de cada año conforme al índice de precios al consumo que publique el Instituto Nacional Estadística u organismo que lo sustituya. Se empezará a efectuar la actualización en enero de 2010.

Los gastos extraordinarios de los hijos menores se abonarán al 50 por 100 por ambos progenitores.

Sin pronunciamiento en relación a las costas procesales.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, pudiendo prepararse la apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Auto

Magistrada-juez de primera instancia, doña Virginia Villanueva Cabrer.—En Madrid, a 21 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:

Se rectifica la sentencia de fecha 20 de abril de 2009 en el sentido de que donde se dice en el fallo: “Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora doña Irene Gutiérrez Carrillo, en nombre y representación de don Fernando Martín Muñiz, contra doña Yolanda Muñoz Ortúñez…”, y “4. En concepto de pensión alimenticia, doña Yolanda Muñoz Ortuño deberá abonar a don Fernando Martín Muñiz la cantidad de…”; debe decir: “Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora doña Irene Gutiérrez Carrillo, en nombre y representación de don Juan Rodríguez González, contra doña Yolanda Muñoz Ortúñez…”, y “4. En concepto de pensión alimenticia, doña Yolanda Muñoz Ortúñez deberá abonar a don Juan Rodríguez González la cantidad de…”.

Únase la presente resolución a la sentencia que rectifica, dejando testimonio en las actuaciones.

Así lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Yolanda Muñoz Ortúñez, la cual se encuentra en ignorado paradero, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende y firma el presente en Madrid, a 20 de abril de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/23.896/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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