Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090721-0120

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 108 de 2009 de este Juzgado de lo social seguido a instancias de “Sitel Ibérica Teleservices, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra don José Antonio Yebra Amigo, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

a)  Despachar la ejecución solicitada por “Sitel Ibérica Teleservices, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra don José Antonio Yebra Amigo, por un principal de 230,06 euros, más 16,10 euros que se calculan para intereses provisionales, más otros 23 euros calculados para costas también provisionales.

b)  Trabar embargo de los bienes del demandado en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos del deudor de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2515, sito en la calle Orense, número 19.

c)  Se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en la cuenta corriente de la parte ejecutada, número 0182
2442/51/0201512243 hasta cubrir el importe total del principal adeudado, más intereses y costas, librándose a tal fin el oportuno despacho.

d)  Líbrese oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social a fin de que informe a este Juzgado sobre la empresa en la que, en su caso, está trabajando el ejecutado y con su resultado se acordará lo procedente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Antonio Yebra Amigo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.365/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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