Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.120.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090629-0058
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO PENAL JUZGADO NÚMERO 4 DE ALCALÁ DE HENARES EDICTO Doña Rosario Rodríguez Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo penal número 4 de Alcalá de Henares. Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número PA 226 de 2008, de maltrato familiar, se ha acordado por medio del presente edicto notificar a doña Alina Florica Zajor, en condición de perjudicada, la parte dispositiva de la sentencia recaída en los reseñados autos de fecha 10 de febrero de 2009 y cuyo tenor literal es el siguiente: Condeno a don Isidor Calinescu, ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de embriaguez, de un delito de lesiones en el ámbito familiar, previsto y penado en el artículo 153.1 y 3 del Código Penal, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición del derecho a la tenencia y parte de armas durante un año y un día y expresa prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a doña Alina Florica Zagor, a su domicilio, lugar de trabajo, así como cualquier otro que frecuente o comunicarse con ella por cualquier medio, por un período de dieciocho meses, y al pago de las costas del presente procedimiento. Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiéndose interponer recurso de apelación en el plazo de diez días, a contar desde su notificación escrita, ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid. Notifíquese igualmente a todos los perjudicados u ofendidos que no se hayan mostrado parte en la causa, conforme dispone el artículo 789.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tratándose de un asunto instruido por un Juzgado con competencia en materia de violencia sobre la mujer, remítase de inmediato copia de la sentencia dictada a dicho Juzgado. Comuníquese a la oficina del censo electoral correspondiente, a los efectos oportunos. Llévese certificación a los autos principales. Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo la misma de notificación en forma de la sentencia a la perjudicada, doña Alina Florica Zajor, expido la presente en Alcalá de Henares, a 28 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/20.225/09) |