Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090625-0161

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TORRELODONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del mismo artículo y en el artículo 61 del citado texto legal, lo siguiente:

Por el alcalde, en las fechas que se indican, se ha dictado la siguiente resolución de incoación de expediente sancionador por presunta infracción del artículo 151 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula los actos sometidos a intervención municipal, para determinar la responsabilidad y sanción que corresponda, conforme a lo que resulte de la incoación de los expedientes.

Se ha nombrado instructora de los expedientes a la concejal-delegada del Área de Ordenación del Territorio.

El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Alcaldía, conforme disponen los artículos 10 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora y 21.1.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Los presuntos responsables tienen derecho a conocer, en cualquier momento del procedimiento, el estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los documentos constituidos en el mismo, previo pago de la tasa correspondiente conforme a lo establecido en la ordenanza fiscal número 18, reguladora de la tasa por expedición de documentos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 288, de 3 de diciembre de 2007), así como a formular con anterioridad al trámite de audiencia, alegaciones y aportar los documentos que estimen pertinentes.

Tienen, igualmente, quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse. También pueden reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos previstos en el artículo 8 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Se comunica, asimismo, a los presuntos responsables que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento sancionador en el plazo de quince días contados a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de este anuncio la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, haciendo constar que las presentes resoluciones son actos administrativos de trámite, no decisorios, que inician el procedimiento administrativo y son inimpugnables, por lo que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de impugnar en su día las decisiones que pongan fin a los mismos, si son contrarias a los derechos de los presuntos responsables.

El vicesecretario del Ayuntamiento, Antonio Iglesias Moreno.

Estos expedientes pueden ser consultados en el Ayuntamiento de Torrelodones, Registro General de Entrada, sito en la plaza de la Constitución, número 2, de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce.

Número de expediente. — Fecha de inicio del expediente. — Obras realizadas. — Ubicación de las obras. — Presunto/s responsable/s. — Precepto/s infringido/s. — Calificación inicial de la infracción. — Sanción imponible conforme a la Ley 9/2001, del Suelo 
 de la Comunidad de Madrid

ES 1.2.146/08 (Id. 1452). — 11 de marzo de 2009. — Instalación de cartel publicitario. — Calle Arroyo del Coronel, parcela 13.2 del A.H.S.. — “Residencial La Vega, Sociedad Limitada”. — Artículo 151 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. — Leve. — De 600 a 30.000 euros.

Torrelodones, a 15 de junio de 2009.—El alcalde, Carlos Galbeño González.

(02/7.431/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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