Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-06-2009

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090623-0167

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Educación

2082 RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2009, de la Dirección ­General de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 11 de mayo de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula el procedimiento de adjudicación de vacantes para Profesores de Religión para el curso 2009-2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de mayo).

Revisadas las reclamaciones presentadas en aplicación de lo establecido en el apartado 8 de la Resolución de 11 de mayo de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula el procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión para el curso 2009-2010, esta Dirección General

HA RESUELTO

Modificar dicha Resolución en los siguientes términos:

Primero

Se publica de nuevo el Anexo III completo:

Segundo

Se publica de nuevo el Anexo IV completo:

Tercero

Asimismo, se hacen las siguientes correcciones al Anexo I:

Donde dice:

“— Por los estudios correspondientes a segundo ciclo de licenciaturas en ciencias eclesiásticas: 1 punto”.

Debe decir:

“— Por los estudios correspondientes a segundo ciclo de licenciaturas en ciencias eclesiásticas: 2 puntos”.

Incluir dentro del Apartado B) Méritos académicos, el subapartado 2.1 “Por cada título profesional de Música y Danza: 0,5 puntos”.

Cuarto

Se abre nuevo plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a quienes no se encontraran incluidos en los Anexos III y IV y ahora estén obligados a participar, y que vienen reflejados con un sí en la columna “Abre plazo”, así como los que habiendo participado, posean títulos de música y danza y no los hubieran acreditado.

Quinto

Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 3 de junio de 2009.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel Zurita Becerril.

(03/19.529/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090623-0167