Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-06-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090622-0146

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE SALAMANCA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rufino Paino González, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Salamanca.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 178 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Míriam Valle Morán, contra la empresa “Producón 3000, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Habiendo visto el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Salamanca, don Antonio de Castro Cid, las presentes actuaciones, y en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado el siguiente

Auto

En Salamanca, a 26 de mayo de 2009.

Se acuerda: Declarar la insolvencia total, con carácter provisional, de la empresa ejecutada “Producón 3000, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones por la cantidad de 144 euros de principal.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra esta resolución, para ante este Juzgado, cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles conforme a lo dispuesto en el artículo 184 de dicha Ley, en relación con los artículos 451 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—Ante mí, el secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Producón 3000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Salamanca, a 26 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.144/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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