Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090622-0173

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos, en la oficina de Planificación y Presupuestos, en horario de oficina, se hallan expuestos al público a efectos de reclamaciones los documentos siguientes:

— Expediente número 3/5/2009MC, de créditos extraordinarios.

— Expediente número 3/7/2009MC, de suplementos de crédito.

— Expediente número 3/9/2009MC, de créditos extraordinarios.

— Expediente de la aprobación del Plan de Inversiones de 2009 por cambio de la financiación en el CPY 20062IYS3, “Fuente ornamental plaza del Trébol”.

Dichos expedientes fueron aprobados por el Ayuntamiento Pleno en su sesión extraordinaria celebrada el día 9 de junio de 2009.

Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán formular reclamaciones, con sujeción a las siguientes normas:

a) Plazo de admisión de reclamaciones y exposición: quince días hábiles siguientes a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación de reclamaciones: Registro General del Ayuntamiento.

c) Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

San Fernando de Henares, a 10 de junio de 2009.—El alcalde, Julio Setién Martínez.

(03/19.199/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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