Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090619-0315

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

NUEVO BAZTÁN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por resolución de la Alcaldía 336/2009, con fecha 5 de marzo de 2009, se resolvió:

“Considerando que la alcaldesa, doña Mercedes Iglesias Gómez, manifiesta que va a ausentarse del municipio durante el día 6 de marzo de 2009, por motivos personales.

En virtud de lo preceptuado en los artículos 44.1-2, 47 y 48 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por razón de ausencia del municipio, y de conformidad con el informe de Secretaría número 94-09, he resuelto:

Primero.—Que todas las facultades inherentes a esta Alcaldía-Presidencia sean asumidas por el primer teniente de alcalde de este Ayuntamiento, don Luis Miguel Pareja Cano, en el período comprendido entre las 8.00 horas del día 6 de marzo de 2009 hasta las 8.00 horas del día siguiente, 7 de marzo de 2009.

Segundo.—Del presente decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que se celebre y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios.

Tercero.—Que se notifique al interesado.

En Nuevo Baztán, a 28 de mayo de 2009.—La secretaria (a efectos de fe pública de 28 de mayo de 2009), Teresa Herrero.—La alcaldesa-presidenta, Mercedes Iglesias Gómez Hernández”.

Asimismo se comunica que esta resolución es un acto administrativo definitivo y contra el mismo podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 113.4, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Nuevo Baztán, a 28 de mayo de 2009.—La alcaldesa, Mercedes Iglesias Gómez.

(03/18.789/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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