Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-06-2009

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090617-0338

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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 17 de abril de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Data Line, Sociedad Anónima”, y la sección sindical UGT Data Line (PCM-126/2009).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de abril de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM -0126/2009.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del miércoles 11 de marzo de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidenta : Doña Evangelina Rodríguez Mezquita.

Vocal: Don Fernando Escudero Mons.

Vocal: Don Pedro Murga Ulibarri.

Vocal: Doña Amparo López Castro.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha miércoles 4 de marzo de 2009, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Alejandro Fernández Fidalgo, en calidad de director de Operaciones.

Don Raúl García Álvarez, en calidad de responsable de Recursos Laborales.

“Data Line, Sociedad Anónima”, domiciliada en calle Rufino González, números 42 y 44, Madrid, en calidad de empleadora.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Doña Natividad García Beltrán, en calidad de representante de la sección sindical UGT “Data Line”.

Doña María Ángeles García Tapia, en calidad de representante de la sección sindical UGT “Data Line”.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto,
según escrito introductorio presentado por doña Natividad García Beltrán, como representante de la sección
sindical de UGT en “Data Line”

ABIERTO EL ACTO

Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente acto.

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

Ante la situación económica, y de forma excepcional, los representantes de los trabajadores aceptan el calendario propuesto por la empresa para el año 2009, y que se adjunta al acta.

Ambas se comprometen a negociar el calendario del año 2010, siendo la primera reunión el 15 de octubre de 2009.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado entre ellas y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once y quince horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).

Nueva horario plataforma gestión documental empresas “Fucoda” y “Data Line”

“Estimados compañeros:

A partir del próximo viernes día 20 de febrero el horario para los trabajadores de la plataforma de Gestión Documental será el siguiente:

— Lunes a jueves: De 07.00 a 15.00 horas, para los trabajadores del turno de la mañana, y de 15.00 a 23.00 horas, en el turno de la tarde.

— Viernes: De 07.00 a 14.00 y de 15.00 a 22.00 horas. Se adelanta una hora la salida.

— 24 y 31 de diciembre: Cada trabajador dispondrá de uno de estos dos días libre, el horario para estos dos días será único de 07.00 a 13.00 horas, tanto para los trabajadores del turno de la mañana como para los de la tarde.

En cuanto a los trabajadores adscritos al servicio del “Banco Popular”, que trabajan de lunes a sábado, su horario de salida de los viernes se adelantará en cincuenta minutos con respecto al de los restantes días de la semana. De igual forma contarán con un día libre (24 o 31 de diciembre) y adelantarán su salida el día 24 o 31 de diciembre que les toque trabajar.

Dirección de Operaciones Grupo FUCODA”.

(03/14.510/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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