Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090612-0001
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
El artículo 5.5 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, exige la apertura de una fase de alegaciones para que cuantas organizaciones o asociaciones legalmente constituidas y con intereses legítimos en el proyecto de disposición puedan formular observaciones y sugerencias relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal. La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha elaborado un proyecto de disposición por la que se regularizan determinados ficheros de carácter personal, por lo que, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes, RESUELVO Primero Someter a la fase de alegaciones el proyecto de Orden por la que se regularizan ficheros de datos de carácter personal adscritos a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por el plazo de quince días hábiles, que se computarán a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Segundo El texto íntegro del proyecto de Orden, así como su documentación complementaria, puede ser consultado en la Secretaría General Técnica, calle Jorge Juan, número 35, primera planta. Las alegaciones, dirigidas al Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, podrán ser presentadas en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sito en la calle Princesa, número 3, primera planta, en horario de nueve a catorce, o en cualquier Registro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 27 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/17.816/09) |