Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090609-0207

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 279 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Custodio León, contra la empresa “Comercial Ayudo Comaisa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Magistrado-juez de lo social, don Marcos Ramos Valles.—En Madrid, a 27 de mayo de 2009.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se aprecia error de transcripción en la fecha de señalamiento a juicio en el edicto enviado al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación, en el que consta la fecha de juicio es el 20 de octubre de 2009, siendo la correcta la que consta en las cédulas de citación y en el auto de 10 de marzo de 2009, esto es, 22 de junio de 2009, a las once cuarenta y cinco horas.

Notifíquese esta resolución, contra la que cabe interponer recurso de reposición, a presentar en este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Comercial Ayuso Comaisa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 27 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.798/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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