Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-06-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090606-0198

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE ALBACETE

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Sánchez Gil, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Albacete.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 76 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Belmonte Gómez, contra la empresa “ECC, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda de resolución de contrato por voluntad del trabajador con base en el artículo 50.1.b) del Estatuto de Trabajadores interpuesta por don Joaquín Belmonte Gómez, representado y asistido por el letrado don Aníbal Alfaro García, contra la empresa “ECC, Sociedad Anónima” (“Entidad para la Calidad de la Construcción, Sociedad Anónima”), debo declarar y declaro extinguida, desde el día en que se dicta la presente sentencia, la relación laboral que ligaba a ambas partes y ello por voluntad del trabajador con base en la causa legal prevista en el artículo 50.1.b) Estatuto de los Trabajadores, debiendo, asimismo, condenar a la empresa demandada a indemnizar al actor con la cantidad de 22.279,69 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Sala de lo social), debiendo anunciarse previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación.

Previniendo a la empresa demandada que, en su caso, para recurrir deberá acreditar haber ingresado la cantidad de 150 euros en la cuenta corriente de este Juzgado de lo social número 1 abierta en la entidad “Banesto”, de esta ciudad, con la identificación “Recursos de suplicación” y número 0038/0000/69/076/09, y la consignación en su caso, de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de este Juzgado en la misma entidad bancaria, con identificación “Depósitos y consignaciones”, y número 0038/0000/65/076/09.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “ECC, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Albacete, a 13 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.885/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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